EL FORO DE LA VIGILANCIA Y LA SEGURIDAD
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Buscar
 
 

Resultados por:
 

 


Rechercher Búsqueda avanzada



Descargas


Últimos temas
» Buenos dias soy Felipe VS de Galicia
por Asmodeus9 Vie Feb 16, 2024 4:53 am

» REQUISITOS PARA SER JEFE DE SEGURIDAD
por angel@36 Sáb Mar 06, 2021 3:06 pm

» ¿ Habría que darles la TIP de seguridad privada a los Militares en la reserva ? .
por Soldadito Español Mar Mar 02, 2021 11:24 pm

» Esto está muy parado .
por Soldadito Español Mar Mar 02, 2021 1:15 am

» Como veis el futuro de la seguridad privada .
por Soldadito Español Vie Feb 19, 2021 1:23 am

» VIGILANTE DE SEGURIDAD CON TIP DE EXPLOSIVOS SIN ARMA
por albert Lun Feb 15, 2021 11:02 pm

» Detenido otro hombre por agredir a tres vigilantes de Metro vestido con la camiseta del Atlético
por brinciani Lun Feb 15, 2021 10:00 pm

» Uno de los policías gesticula durante la paliza y la víctima con las heridas.
por brinciani Lun Feb 15, 2021 9:59 pm

» Alternativasindical consigue una reivindicación histórica en el sector de la seguridad privada
por brinciani Lun Feb 15, 2021 9:58 pm

» Dos vigilantes salvan a una niña de 20 meses que entró en parada cardiorespiratoria
por Soldadito Español Lun Feb 15, 2021 1:36 am


Imprimir Contenido

Habilitacion instructor de tiro

Ver el tema anterior Ver el tema siguiente Ir abajo

Habilitacion instructor de tiro Empty Habilitacion instructor de tiro

Mensaje por Admin Dom Mayo 06, 2018 9:49 pm

Instructor tiro



Denominación del procedimiento: 111531 - Pruebas para la obtención de la habilitación como Instructor de Tiro del personal de Seguridad Privada.

Desde esta página usted podrá consultar toda la información necesaria para obtener la habilitación de Instructor de Tiro del personal de Seguridad Privada.
•Descripción del procedimiento
•Descripción de las pruebas
•Convocatoria en trámite
•Requisitos
•Instancia de solicitud y documentación.
•Normativa reguladora

Si posee firma digital puede realizar el trámite de solicitud de admisión a las pruebas para obtener la habilitación como Instructor de Tiro del personal de Seguridad Privada vía telemática, pulse aquí para acceder a la Sede Electrónica de la Guardia Civil.



Descripción del procedimiento


Una vez al año, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado, se convocan las pruebas selectivas para la obtención de la habilitación de instructores de tiro de personal de seguridad privada. El periodo de admisión de instancias abarca desde el día 5 al 20 de enero de cada año. Para cumplimentar la solicitud deberán consultar la Resolución publicada en el BOE al efecto, la cual se encontrará disponible cada año en esta web antes del inicio del periodo de admisión de instancias

La convocatoria de las pruebas se realiza de conformidad con lo establecido en :
•Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior (BOE número 57, de 6 de marzo), por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada.
•Resolución de 18 de octubre de 2007 (B.O.E número 284, de 27 de noviembre), de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se designa la unidad administrativa que desarrollará determinadas competencias en materia de seguridad privada (Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil).


Las pruebas se regirán por las resoluciones y orden citadas anteriormente y por las bases de la convocatoria específica y serán gestionadas a través del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil.

Estas pruebas se realizan para comprobar que los aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesaria para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada.

La superación de estas pruebas habilitará para ejercer las funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de Seguridad Privada durante los ejercicios de tiro tanto de entrenamiento como de calificación.

El examen para la obtención de la habilitación constará de dos pruebas:
•Prueba de conocimientos teóricos.
•Prueba de aptitud práctica.

>Subir

Descripción de las pruebas


Prueba de conocimientos teóricos

Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de sesenta preguntas tipo test ajustada al programa de materias que se acompaña como apéndice en la convocatoria específica.

Este ejercicio se calificará a razón de un (1) punto por respuesta acertada. Para superarlo y ser declarado «apto» en la misma, el aspirante deberá obtener como mínimo la mitad de los puntos posibles. Teniendo en cuenta que las respuestas mal contestadas puntúan negativamente.

Prueba de aptitud práctica

Esta prueba constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio

Consistirá en el desmontaje y posterior montaje del arma a determinar mediante sorteo de entre las que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada.

A continuación, en caso de haber superado la primera prueba, el aspirante ejercerá la dirección de las prácticas y perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de seguridad privada, mediante la simulación de la dirección de un ejercicio de tiro, atendiendo a las interrupciones o incidencias que pudieran producirse, comprobando y anotando los resultados y todo lo que implique el correcto desarrollo de un ejercicio de tiro. Ambos ejercicios se calificarán como «apto» o «no apto»..

Segundo ejercicio

Consistirá en la realización de un ejercicio de tiro con fuego real, a determinar mediante sorteo de entre los que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada. Se calificará como «apto» o «no apto».

Para la prueba práctica se utilizan las armas que a continuación se relacionan, por ser éstas las que dispone el Tribunal actualmente para su realización:
•Pistola semiautomática marca STAR, modelo 30 M, calibre 9 mm P
•Revólver de 4 pulgadas marca LLAMA, modelo MARTIAL, calibre 38 especial
•Carabina de repetición marca MARLING, modelo 25MN, calibre 22 LR
•Carabina de repetición marca DESTROYER, calibre 9 mm
•Escopeta de repetición marca FRANCHI, modelo SPAS, calibre 12



Superación de las pruebas

Para superar la totalidad de las pruebas de aptitud es necesario obtener la calificación de apto en cada uno de los ejercicios que las componen, no pudiendo realizar un ejercicio sin haber superado los anteriores.

La superación de estas pruebas habilitará para el ejercicio de las funciones de director-instructor de tiro del personal de Seguridad Privada, previa expedición de la acreditación correspondiente en el expediente que se instruya a instancia de los propios interesados.

>Subir

Convocatoria 2018

Listado aptos examen teórico

Acuerdo de 27 de abril de 2018, del Tribunal calificador, por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado la prueba de conocimientos teóricos en la convocatoria 2018. Pulse aquí para descargarla en PDF

Compruebe si ha superado las pruebas a través del siguiente enlace: Pulse aquí para acceder.

Fecha de publicación: 27/04/2018



Lista definitiva de admitidos y excluidos

Acuerdo de 26 de marzo de 2018, del Tribunal calificador, por el que se hace pública la lista definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada.

Pulse aquí para descargar en PDF

Compruebe si ha sido adimitido a través del siguiente enlace: Pulse aquí para acceder

Fecha de publicación: 26 de marzo de 2018



Listado provisional de admitidos y excluidos

Acuerdo de 09 de marzo de 2018, del Tribunal calificador, por el que se hace pública la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada.

Pulse aquí para descargar en PDF

Compruebe si ha sido adimitido a través del siguiente enlace: Pulse aquí para acceder

Fecha de publicación: 14 de marzo de 2018



Resolución de la convocatoria

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada para el año 2018. NOTA: Período de presentación de instancias: del 5 al 20 de febrero de 2018, ambos inclusive. Pulse aquí para descargarla en PDF.



Requisitos


Para poder concurrir a la citada convocatoria de pruebas selectivas los solicitantes deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

•Tener nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados partes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.


•Ser mayor de edad.


•Carecer de antecedentes penales.


•Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores.


•Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase “A”, "B", ”C” o “F”.


Tales requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes que deseen tomar parte en las pruebas que se convocan.

>Subir

Instancia de solicitud y documentación


El modelo oficial de solicitud para tomar parte en las pruebas se reproducirá como apéndice en la resolución por la que se convocan las pruebas. Este modelo de solicitud se podrá obtener por reproducción, fotocopia u otros medios.

Remisión o presentación de la instancia de solicitud

La instancia de solicitud, pulse aquí para descargarla, de admisión a las pruebas para obtener la habilitación como Instructor de Tiro del personal de Seguridad Privada se ajustará al modelo establecido para este trámite y podrá:

•Enviarse directamente, por cualquier medio que acredite su envío, a la siguiente dirección:

Dirección General de la Guardia Civil
Servicio de Protección y Seguridad
C/ Guzmán el Bueno, 110 – 28003 Madrid



•Presentarse para su posterior curso en las Intervenciones de Armas, cuarteles de la Guardia Civil, dependencias policiales, oficinas de correos o cualquier otra dependencia referida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


La remisión de la documentación que se exija en la convocatoria se deberá cursar junto a su solicitud para tomar parte en las pruebas.

Documentación exigida

Con la solicitud para tomar parte en las pruebas de selección, los aspirantes remitirán la siguiente documentación:

•Certificado original de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes, para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento original y equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no residentes. Estarán exentos de presentar este Certificado los españoles y extranjeros residentes en España que en el apartado correspondiente de la instancia autoricen expresamente al Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil su petición de oficio al Registro Central de Penados y Rebeldes.


•Original o copia compulsada del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores, o sus equivalentes u homologaciones cuando aquellos estudios no hubieran sido cursados en España. Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo distinto al sistema educativo general español, deberán acreditar los mismos mediante certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, o por el Organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente cuando tengan competencia para ello.


•Copia compulsada de la Licencia de armas tipo “A”, "B", ”C” ó “F”, en vigor. Aquellos aspirantes que se encuentren en posesión de la licencia de armas tipo “A” deberán indicar en su instancia el Cuerpo al que pertenecen.


•Los aspirantes extranjeros no residentes en España deberán aportar fotocopia compulsada de su Pasaporte en vigor.




Traducción y vigencia de la documentación

Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, tanto originales como, en su caso, las copias de los mismos, deberán ser acompañados de la traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en otros idiomas.

Los españoles y los aspirantes extranjeros deberán tener la documentación de identidad o tarjeta de residencia en vigor. La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización del admitido a las pruebas para que el Servicio de Protección y Seguridad solicite de oficio del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, la comprobación o verificación de la identidad aportada.

El día de la prueba de aptitud práctica, presentarán al Tribunal, la siguiente documentación:

•Licencia de armas “A”, "B", ”C” o “F”, en vigor.



Admin
Admin
Admin
Admin

Mensajes : 518
Fecha de inscripción : 07/11/2014

https://forodevigilancia.activo.mx

Volver arriba Ir abajo

Ver el tema anterior Ver el tema siguiente Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.